Infonavit: baja de sus trabajadores

Infonavit: baja de sus trabajadores

.
 .  (Foto: IDC online)

INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, EL ACTOR NO PUEDE TRASLADAR LA CARGA DE LA PRUEBA AL CITADO INSTITUTO RESPECTO DE LA PRESENTACIÓN DE LOS AVISOS DE BAJA DE SUS TRABAJADORES.

Si bien es cierto, el artículo 4º del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al INFONAVIT establece que: "El Instituto conservará en medios magnéticos, digitales, de microfilmación o de cualquier otra naturaleza que éste determine, la información de la documentación original presentada por los patrones en relación a su inscripción y la de sus trabajadores, modificación de salarios y baja de trabajadores, sin que por tal motivo pierda, para todos los efectos legales, el carácter de documentos originales y su valor probatorio." También lo es que, este precepto no obliga al citado Instituto a que dentro del juicio contencioso administrativo deba exhibir los avisos de baja cuando el patrón afirme que el Instituto en mención tiene en su poder los mismos, por lo que solicita a este Tribunal que los requiera para su exhibición en el juicio contencioso administrativo, pues sería incongruente que el propio Instituto demandado fuera quien determinara el crédito en materia de aportaciones de vivienda y posteriormente, mediante la exhibición de los avisos de baja en el juicio la dejara insubsistente.

Juicio No.2817/02-11-03-9.- Resuelto por la Tercera Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 3 de mayo de 2004, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Manuel Lucero Espinosa.- Secretaria: Lic. Cinthya Miranda Cruz.

Fuente

Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa número 59. Quinta Época, año V, noviembre de 2005, págs. 294 y 295.