Ayuda para renta: no integra al SBC

Ayuda para renta: no integra al SBC

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 .  (Foto: IDC online)

Como contrataremos a una trabajadora a la cual le proporcionaremos una ayuda para renta, el contador nos dijo que para no integrar este concepto a su SBC debemos retener una parte de su salario y documentar adecuadamente el otorgamiento de dicho beneficio. ¿Qué nos pueden comentar al respecto

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 27, fracción V de la LSS la ayuda referida en su consulta quedará excluída del SBC de su trabajadora cuando ésta pague por su otorgamiento el 20% del salario mínimo general que rija en el DF. Por ello, para aprovechar el beneficio de la Ley deberán retener a su colaboradora el importe mencionado.

En este tenor y considerando lo establecido en el último párrafo del precepto aludido, es necesario que la ayuda para renta esté debidamente registrada en la contabilidad del patrón, por lo que será necesario que en el recibo de pago de su trabajadora conste este concepto y el descuento respectivo, además de que debe acreditar en caso de una revisión por parte del Instituto que dicha trabajadora cumplió con las políticas de otorgamiento de esta prestación de previsión social, previamente establecidas.