Beneficiario enfermo ¿sanción del IMSS?

Los únicos requisitos a cumplir son que el ascendiente viva en el hogar del trabajador y que sea su dependiente económico

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 .  (Foto: IDC online)

Uno de nuestros colaboradores a quien recientemente contratamos nos comentó que registrará a sus beneficiarios ante el IMSS. Como su padre tiene cáncer quiere saber si esto es impedimento para su afiliación y nosotros nos preguntamos si esta situación puede provocarnos alguna dificultad con el Instituto. ¿Qué nos pueden comentar al respecto?

Los únicos requisitos a cumplir para que el ascendiente de su trabajador pueda beneficiarse de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad son que viva en el hogar de este último y dependa económicamente de él (art. 84, fracción VIII LSS).

Por lo anterior, su trabajador podrá solicitar el registro de su padre ante el IMSS como su beneficiario y el Instituto después de realizar los estudios socioeconómicos correspondientes, tendrá que afiliarlo a su padrón y en consecuencia darle la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria (art. 91 LSS).

Por lo que hace a su segundo planteamiento, la afiliación del padre de su colaborador no representa ningún riesgo para la misma, pues no se está contraviniendo ninguna disposición legal y su incorporación ante el Seguro Social únicamente es consecuencia del registro de su trabajador.