Cambios a las reglas para créditos

Principales cambios a las disposiciones señaladas que inciden directamente en la autorización de un crédito de vivienda

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 .  (Foto: IDC online)


El 20 de diciembre de 2006 el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), las Reglas para el Otorgamiento de Crédito a los trabajadores derechohabientes del Infonavit que entraron en vigor el 1o de enero de 2007, con lo cual se abrogaron sus similares del 23 de diciembre de 2002.
Las principales modificaciones a las Reglas señaladas son las siguientes:

Fortalecimiento del patrimonio de los trabajadoresSe modificó la Regla Séptima pues:

  • se eliminó la figura del ahorro mínimo, el cual era el equivalente al 5% del valor total de la vivienda de tipo económico ?con un valor hasta de 117.06 veces el salario mínimo mensual del DF o lo que autorice el Consejo de Administración? y al 10% para la de valor superior, y
  • se estableció que a fin de proteger el patrimonio de los trabajadores, éstos deben dar a conocer el pago de diferencias, cuando existan, complementarias a los recursos que el Infonavit asigne a la operación del crédito, para reconocer en la escritura pública el precio total que pagó por su vivienda.
Determinación de la puntuaciónSe modificaron los incisos b) al f) de la Regla Décima, de tal suerte que para la determinación de la puntuación de un trabajador se deberán considerar los siguientes factores:
 
Supuesto Puntos
Salario integrado determinado conforme al artículo 29, fracción II de la Ley del Infonavit y la edad del trabajador Conforme a la Tabla "Edad-Salario" adjunta a las ROC
Cotización continua, entre:
  • seis y nueve bimestres:
  • 10 y 11 bimestres:
  • 24 o más bimetres

21
24
34
Antigüedad en el empleo actual, mayor o igual a seis bimestres (un año) 21
Cada salario mensual integrado dentro del saldo de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual del SAR, de:0.00 ? 1.67
1.68 ? 2.02
2.03 ? 2.37
2.38 ? 2.75
2.76 ? 3.20
3.21 ? 3.74
3.75 ? 4.51
4.52 ? sin límite

17
22
23
26
29
32
37
40
Cada salario mensual que el trabajador aporte como ahorro voluntario para reducir su monto de crédito o incrementar su capacidad de compra Cuatro hasta un máximo de 16

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Monto máximo de créditoCon la modificación a la Regla Décima Octava, el monto del crédito otorgado por el Instituto en ningún caso podrá exceder el señalado en las Tablas de Montos Máximos expresados en veces el salario mínimo que se publique en el DOF, excepto cuando el acreditado cuente con una cobertura por concepto de seguro de protección de pagos a la hipoteca, ahora contemplado en la Trigésima Primera ROC.

Determinación del monto de crédito a otorgar
Por disposición de la Regla Décima Novena, el monto de crédito bruto a otorgar por el Infonavit no podrá superar el valor de la vivienda y para calcularlo considerará el monto del crédito neto a otorgar, el saldo de la subcuenta de vivienda y, en su caso, el ahorro voluntario declarado por el trabajador en su solicitud de crédito.
Con la modificación a la disposición mencionada, se deja de contemplar lo referente al ahorro mínimo abrogado por las ROC en análisis.

Diferencias entre el precio de la vivienda y el monto del créditoComo la Regla Vigésima Tercera deja de contemplar la figura del ahorro mínimo, establece que si el precio de venta de la vivienda es mayor a la suma del saldo de la subcuenta de vivienda, más el ahorro voluntario, más el monto neto del crédito a otorgar, considerando este último como el monto del crédito una vez deducidos, en su caso, los gastos a que se refiere la Regla Vigésima Segunda, esto es: 5% por concepto de gastos de titulación, financieros y de operación del propio crédito; las diferencias que resulten deberán ser cubiertas por el trabajador, en los términos en que éste convenga con el vendedor, y deberá quedar asentado en escritura pública.

SegurosEn la Regla Trigésima Primera se adicionó lo referente a la contratación de un seguro de protección de pagos de la hipoteca por parte del Instituto, a fin de proteger el patrimonio de los trabajadores. En la misma disposición se establece que las primas correspondientes a este seguro y al de daños de la vivienda en garantía se repercutirán al acreditado incorporándolas en el pago de la amortización del crédito.

Disposiciones transitoriasDe conformidad con el artículo tercero transitorio, las solicitudes de crédito presentadas al Infonavit con anterioridad a la entrada en vigor de las ROC analizadas, se tramitarán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de presentación de dichas solicitudes.