Dictaminadores a presentar datos al IMSS

Los contadores que forman parte del registro de dictaminadores del IMSS, deben presentar su documentación hasta el 31 de marzo

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 .  (Foto: IDC online)

Según lo dispuesto en el numeral 154 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), los contadores públicos que forman parte del registro de dictaminadores del IMSS, deben presentar a más tardar el 31 de marzo en el Área de Auditoría a Patrones de la Subdelegación correspondiente a su domicilio fiscal, original y copia de:

  • escrito libre que contenga sus datos de identificación: nombre completo, número de registro autorizado por el Seguro Social, domicilio fiscal y nombre del despacho del que forman parte, en su caso
  • carta de acreditación como socio o miembro activo del colegio o asociación contable a la cual pertenecen (membresía), y
  • constancia de educación continua emitida por el colegio o asociación contable respectiva. Al respecto cabe señalar que el 12 de junio de 2007, el IMSS emitió el oficio número 09 9001 93 2000/4631 mediante el cual señala que a partir de 2008, los contadores interesados en dictaminar para efectos del Seguro Social deben cubrir, durante el período de un año calendario, 24 puntos (horas de actividad), mismo que obtendrá participando activamente en eventos relacionados con diversos temas de seguridad social

La omisión de la presentación de los documentos referidos, da lugar a la amonestación del dictaminador omiso en términos del precepto 176, fracción I, inciso c) del RACERF.