El contrato es un acto jurídico que se define como un acuerdo de voluntades para crear y transferir derechos y obligaciones. Por su parte, el convenio es igualmente un acto jurídico para modificar o extinguir derechos y obligaciones. Ambos actos jurídicos tiene claramente efectos fiscales, ya que pueden acreditar ingresos y deducciones, por lo que forman parte de la contabilidad conforme al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación.