Oficio Circular por el que se da a conocer a las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados, a las entidades paraestatales de la Administración Pública Paraestatal, así como a la Fiscalía General de la República sujetas a la cobertura del Tratado de Libre Comercio que se indica, la conversión a moneda nacional para el segundo semestre de 2020 con vigencia del 1 de julio al 31 de diciembre de 2020, conforme al capítulo de compra respectivo
(DOF del 8 de julio de 2020)