Acuerdo General número 6/2018, de dos de julio de dos mil dieciocho, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se dispone el aplazamiento en el dictado de la Resolución en las contradicciones de tesis del conocimiento de los Plenos de Circuito, así como en los amparos en revisión radicados en los Tribunales Colegiados de Circuito, en los que se aborde el tema relativo a determinar si la contraprestación pagada por concepto de prevalidación electrónica de datos que no se disminuyó del monto del derecho de trámite aduanero correspondiente, constituye un pago a cuya devolución se tiene derecho

(DOF del 10 de julio de 2018)