Oficio Circular por el que se da a conocer a las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados, así como a las entidades de la Administración Pública Paraestatal y a la Fiscalía General de la República, sujetas a la cobertura de los Tratados de Libre Comercio que se indican, la conversión a moneda nacional para el segundo semestre del año 2020, con vigencia del 1 de julio al 31 de diciembre de 2020, conforme a los capítulos de compra respectivos
(DOF del 19 de junio de 2020)