Acuerdo número ACDO.SA2.HCT.280421/117.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 28 de abril de 2021, por el cual se autoriza que, a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente Acuerdo, se reanude el cómputo de los plazos y términos legales pudiéndose realizar y desahogar aquellas actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones, requerimientos y demás actividades necesarias para el trámite de los procedimientos administrativos y/o procesos relacionados con Quejas Médicas y el Servicio de Correspondencia, así como de los procedimientos relacionados con Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonial del Estado y el Recurso de Revisión Administrativa; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19
(DOF del 12 de mayo de 2021)