Acuerdo General número 12/2017, de nueve de octubre de dos mil diecisiete, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se levanta parcialmente el aplazamiento del dictado de la resolución en los amparos en revisión en los que subsista el problema de constitucionalidad de los artículos 8, párrafo penúltimo, 30, 103, fracción VII, 126, párrafo tercero, 127, párrafo tercero, y artículo noveno, fracción XXXV, de las disposiciones transitorias, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente a partir del primero de enero de dos mil catorce; 5-C, párrafo último, 15, fracción X, inciso b), 24, fracción I, párrafos segundo y tercero, 25, fracciones I, párrafo segundo, y IX, 27, párrafo segundo, 28, párrafo segundo, 28-A, 30, párrafo segundo, 33, párrafo segundo, 43 y artículo segundo, fracciones I, incisos a) y c), y III, de las disposiciones transitorias, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente a partir del primero de enero de dos mil catorce; 13, fracciones I, párrafo segundo, y VI, 14, párrafo segundo, 15, párrafo segundo, 15-A, y artículo cuarto, fracción I, incisos a) y b), de las disposiciones transitorias, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, vigente a partir del primero de enero de dos mil catorce; 20-A al 20-K, de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, reformada mediante decretos publicados en el órgano de difusión oficial de dicha entidad el diecinueve de diciembre de dos mil trece y el diecinueve de febrero de dos mil catorce, y artículo séptimo transitorio, fracción I, del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado el veintiséis de diciembre de dos mil trece, respecto de los temas abordados en las tesis jurisprudenciales y aisladas respectivas; relacionado con el diverso 11/2015, de diez de agosto de dos mil quince

(DOF del 19 de octubre de2017)