Nuestro cliente holandés nos informa que por no embalar adecuadamente los bienes, algunos se dañaron durante su trayecto, y exige que los restituyamos a la brevedad. Para ello, y al tratarse de un monto pequeño estamos considerando exportarlos por servicio de mensajería y paquetería. Por ello necesitamos saber si debe cubrirse el Derecho de Trámite Aduanero (DTA), de ser así, ¿a cuánto asciende el monto?
Ello dependerá de cómo se ordene la exportación a esas compañías, es decir, si es:
- bajo el procedimiento simplificado, el DTA lo cubren ellas,
- toda vez que el pedimento estará a nombrede ellas y comprenderá las mercancías de distintos clientes, o
individual, es decir, a su nombre y solamente por dicha mercancía, si habrá pago de DTA, esto será por la cuota de 297 pesos, de acuerdo con el artículo 49, fracc. VIII de la LFD
En otro orden de ideas, tome en cuenta que sea cual fuera la forma de extraer su mercancía al exterior, dichas empresas le otorgarán, según se trate, copia del pedimento en el caso de que fuera simplificado o el original si es a nombre del exportador.