Transferencia con cuenta aduanera

Se tramitará a través de agente aduanal el pedimento por operaciones virtuales de exportación e importación

A principios de año importamos maquinaria y pagamos las contribuciones con cuenta aduanera, y ahora que pretendemos exportarla, un cliente está interesado en comprarla. Si aceptamos la operación perderíamos la oportunidad de recuperar los impuestos depositados en la institución bancaria, donde aperturamos la cuenta


No, siempre que la transferencia se realice en tiempo y forma.

Esto es, podrá considerarla exportada cuando la transfiera a residentes en el país en el mismo estado,
para su importación mediante pago en cuenta aduanera.

Para ello, se tramitará a través de agente aduanal el pedimento por operaciones virtuales de exportación e importación, a nombre de quien transfiere y quien recibe dicha mercancía, respectivamente, sin que se requiera la presentación física de la misma.

Los pedimentos tienen que presentarse como sigue, el de importación el día en que se efectúe la transferencia y el de la exportación a más tardar al siguiente a aquel en que se haya exhibido el de importación.

En el de la exportación se anexará la “Declaración para Movimiento en Cuenta Aduanera de Bienes, Importados Para Retornar en su Mismo Estado conforme al Art. 86 de la LA”.

Ahora bien, una vez atendidos esos requisitos, deberá presentarse ante la institución bancaria en la que abrió la cuenta aduanera y exhibir dicha declaración junto con la copia del pedimento de exportación para que le sean abonadas a su cuenta las cantidades manifestadas en dicha declaración (regla 1.6.30., RGCE 2017).