Equipaje de pasajeros ¿se enajena?

El equipaje de pasajeros no puede destinarse a algo distinto que lo personal

El gerente de la empresa hará un viaje de negocios próximamente y pretende comprar refacciones para diversos equipos que necesitan de mantenimiento; y para evitar el pago de las contribuciones las pretende introducir al país como parte de su equipaje de pasajeros internacionales, es correcto

Definitivamente no está bien, pues el equipaje de pasajeros no puede destinarse a algo distinto para lo cual se le otorgó la franquicia, es decir, para su uso personal; y de hacerlo se estaría ante una infracción administrativa, la cual se sanciona con una multa equivalente del 130 % al 150 % del beneficio obtenido con la franquicia (arts. 182, fracc. I, inciso a y 183, fracc. I, LA).

Por otra parte, si la empresa decidiera aceptarlo, tendría problemas para la deducción de la compra, pues no contaría con un pedimento que acreditara la legal estancia en territorio nacional.