En el marco de la mejora regulatoria que lleva a cabo la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), las representaciones de México en el exterior agilizarán la gestión y resolución de diversos trámites que realizan los mexicanos en el extranjero.
Así es, a partir del 12 de junio de 2018, las oficinas consulares de México reducirán los tiempos de resolución y prevención para diversos trámites.
LEE: SCJN ANALIZA DERECHO A LA ASISTENCIA CONSULAR
En materia de comercio exterior deben tomarse en cuenta los siguientes:
Trámite y
homoclave
|
Plazo máximo (días naturales) de:
|
|
resolución
|
prevención
|
|
Expedición de certificado de menaje de casa a mexicanos
(SRE-01-008-A)
|
15 días (antes 30)
|
Siete días (antes 10)
|
Expedición de certificado de menaje de casa a extranjeros
(SRE-01-008-B)
|
15 días (antes 30)
|
Siete días (antes 10)
|
Visado a certificado de análisis
(SRE-01-028)
|
Cinco días (antes 30)
|
Un día (antes 10)
|
Visado a certificado de libre venta
(SRE-01-029)
|
Cinco días (antes 30)
|
Un día (antes 10)
|
En cuanto a los “Certificados por importación de psicotrópicos y estupefacientes (SRE-01-005)”, se mantiene igual que en 2016; esto es, se continuarán resolviendo en 30 días naturales, a partir de que el solicitante se presente en la Oficina Consular de México; y la prevención seguirá siendo dentro de los 10 días naturales.
Los asuntos en trámite, a la entrada en vigor de este Acuerdo, se atenderán hasta su conclusión según las disposiciones vigentes al momento de su inicio.
Todo lo anterior, conforme al Acuerdo publicado en el DOF del 11 de junio de este año.