México, Estados Unidos y Canadá acordaron incorporar disciplinas y nuevas disposiciones para el sector del comercio transfronterizo de servicios.
La Secretaría de Economía, a través de su reporte sobre el Tratado sobre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) destacó que el objetivo del capítulo consiste en facilitar el comercio de servicios entre los tres países, garantizando que los respectivos proveedores no sean tratados de manera discriminatoria.
Agregó que con las nuevas disposiciones se evitará imponer barreras que distorsionen el comercio.
En el reporte número 23 del T-MEC, la dependencia federal apunta que se incluyen los principios aplicables al comercio de servicios: Trato Nacional, Trato de Nación Más Favorecida, y Acceso a Mercados.
Con esto se prohíbe la imposición de limitaciones cuantitativas, de pruebas y de necesidad económica, y también se evita la presencia local y ya no se debe mantener una oficina de representación como condición para el suministro transfronterizo de un servicio.
El documento relata que cualquier medida que se establezca y afecte el comercio de servicios “se administre en una forma razonable, objetiva e imparcial”.
Además, las nuevas reglas buscan apoyar el desarrollo del comercio de servicios para beneficio de las pequeñas y medianas empresas (PyMEs.)
Otro punto acordado, según el reporte, es que se establece que las transferencias y pagos vinculados al suministro transfronterizo de un servicio se efectúen libremente y sin demora.
Además, define los compromisos de liberalización mediante un enfoque de lista negativa, lo que significa que todos los sectores de servicios están cubiertos por las obligaciones del acuerdo, a menos que expresamente se indique lo contrario.