La zona libre de Chetumal es un hecho, ello de conformidad con el Decreto publicado por la Secretaría de Economía (SE) en el DOF del 31 de diciembre de 2020, vigente del 1o. de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024.
Al amparo de este decreto, las empresas de la Región Fronteriza de Chetumal –localidad de Chetumal en el municipio de Othón P. Blanco del Estado de Quintana Roo– podrán importar de manera definitiva ciertas mercancías para fortalecer su competitividad, sin tener que pagar el impuesto general de importación (IGI) ni el derecho de trámite aduanero (DTA), y otros beneficios fiscales.
Sobre este tema en el DOF del 5 de marzo de 2021 (edición vespertina) se publicó el “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior” en el cual la SE establece –en un nuevo Capítulo, 2.7, específicamente en la regla 2.7.2.– los requisitos que deben cumplir los interesados en solicitar el Registro como Empresa de la Región, necesario para hacer uso de los beneficios del decreto base.
Las personas físicas o morales objeto del registro son las que se ubiquen y comercialicen bienes o servicios en la Región Fronteriza de Chetumal, que cumplan requisitos, entre ellos que se encuentren inscritas en el padrón de importadores; y tengan registrados y actualizados en la Ventanilla Digital a los socios y accionistas, en el caso de personas morales.