¡Está por vencer el plazo para presentar el reporte Prosec!

No exhibir en tiempo y forma el reporte tendrá consecuencias para el importador titular

Regulaciones no arancelarias
 Regulaciones no arancelarias  (Foto: Redacción)

Las personas morales con Programa de Promoción Sectorial (Prosec) tienen hasta hoy (30 de abril de 2021) para presentar a la Secretaría de Economía (SE) el “Reporte anual de operaciones de comercio exterior” del ejercicio 2020, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM).

Una vez expirado el plazo, a quienes lo hayan omitido les será suspendido temporalmente el programa y no podrán seguir operando al amparo del mismo; esto es, a partir del próximo 1o. de mayo, dejarán de tener el beneficio de importar las mercancías –que destinan a sus procesos productivos, según el sector y bienes autorizados– con aranceles Prosec; es decir, más bajos que la tasa general de la tarifa arancelaria aplicable a países con los que no se tiene suscritos tratados o acuerdos comerciales.

Ahora bien, sea cual sea la razón del incumplimiento, se tendrá una segunda y “única” oportunidad para exhibirlo y, por ende, reactivarlo.

Así es, de conformidad con el artículo 8 del Decreto Prosec, los titulares del programa tendrán hasta el último día hábil del mes de junio (viernes 30) para acatar dicha observancia; y de no hacerlo, el Prosec será cancelado automáticamente el 1o. de julio de 2021.