Cigarrillos electrónicos se mantiene con restricción de importación

Economía ajustó la descripción de la fracción arancelaria en la que se clasifica y la Nota Nacional 16 del Capítulo 85

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Economía (SE) ajustó nuevamente la tarifa arancelaria publicada en el DOF el 1o. de julio de 2020.

Esta vez fue para eliminar la referencia a los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) en la:

  • descripción la fracción arancelaria 8543.70.18, la cual queda como: Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, excepto los dispositivos de calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco, y
  • Nota Nacional 16 del Capítulo 85 “Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos"

Tómese en cuenta que la mercancía (dispositivos de vapeo) clasificada en esa fracción arancelaria se mantiene prohibida tanto para su importación como exportación.

La SE dio a conocer esa reforma en el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, difundido en el DOF, edición vespertina, del 16 de julio de 2021, que entró en vigor al día siguiente de su publicación.