El SAT dio a conocer en su portal la “Segunda versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2020”, en la que se prevé reformar las reglas correspondientes a la autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado.
Entre los cambios a destacar está el que para el despacho de las mercancías de importación y tránsito internacional se deberá acompañar al pedimento la representación impresa, en papel o formato digital del CFDI con el complemento Carta Porte con el que se ampare el traslado de la mercancía que haya salido de las instalaciones.
Asimismo, se adicionará una regla que contenga las obligaciones que deberán cumplirse para mantener la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado.
La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2.