Corrigen exención de IGI a productos de consumo alimenticio

Publican fe de erratas al decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a esas mercancías

Se recordará que la Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 16 de mayo de 2022, el “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a las mercancías que se indican”, a través del cual exentó de arancel a la importación a productos de la canasta básica e insumos estratégicos, esto como parte del “Paquete Contra la Inflación y la Carestía”.

LEE: EXENCIÓN DE IGI A PRODUCTOS DE CONSUMO ALIMENTICIO

Sin embargo, esta dependencia difundió en el DOF del 19 de mayo de 2022, una “fe de erratas” a tal decreto.

Las correcciones al texto se hacen en el Artículo Primero, específicamente en las referencias al código y descripción; e incluso adiciona al sorgo de grano, dentro de la lista de los bienes exentos de pago de IGI.

Enseguida se muestras únicamente los cambios.

Dice:

Debe decir:

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

02.04

Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada

02.02

Carne de animales de la especie bovina, congelada.

0202.10.01

En canales o medias canales

0202.10.01

En canales o medias canales

02.02

Carne de animales de la especie bovina, congelada

0202.20.99

Los demás cortes (trozos) sin deshuesar

0202.20.99

Los demás cortes (trozos) sin deshuesar

0202.30.01

Deshuesada

0202.30.01

Deshuesada

 

 

 

 

10.07

Sorgo de grano (granífero)

 

 

1007.90.01

Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido en este Decreto

 

 

1007.90.02

Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido en este Decreto