Regularización de vehículos usados extranjeros, ¿hasta cuándo?

Está a menos de un mes de que venza el plazo para importar definitivamente los autos usados

 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

IDC online

El 20 de septiembre de 2022 vence el plazo para regularizar, vía importación definitiva, los vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren internados de manera irregular en territorio nacional cuyo año modelo sea de cinco años o más anteriores a aquel en que se realice la importación (modelos 2016 y anteriores), propiedad de los residentes en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, esto en términos y condiciones del Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera (publicado en el DOF del 19 y 21 de enero –fe erratas–, cuyas reformas se produjeron el 27 de febrero y 20 de junio de 2022).

Sobre este decreto se ha cuestionado, a través del servicio de consultoría de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, si existe la posibilidad de que se prorrogue su vigencia, cuya respuesta ha versado en el sentido de que a la fecha no ha habido pronunciamiento alguno sobre esto, por lo que habría que esperar.

No obstante, de que hubiera o no prórroga, al día de hoy, las personas residentes en el territorio de dichos estados no deberían tener problema alguno para hacer uso de este beneficio, ya que las autoridades (gobierno federal, mediante la coordinación de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Agencia Nacional de Aduanas de México –ANAM– y los Gobiernos de las Entidades Federativas referidas) están facilitando los procesos para llevar a cabo la regularización de esos automóviles.

Tan es así que los beneficiarios del decreto pueden solicitar una cita en línea (https://regularizaauto.sspc.gob.mx) para acudir al Módulo de Inscripción Vehicular para realizar el trámite de regularización de su vehículo.

El directorio de los módulos puede consultarse en la liga: https://sesnsp.com/documentos/Directorio_MIV.pdf.

La cita se concerta por el propietario de la unidad a regularizar en el Sistema de Citas en línea, https://www.gob.mx/sesnsp, para lo cual es necesario contar con la información correspondiente a: la CURP del solicitante; el Número de Identificación Vehicular (NIV) del vehículo; el código postal; el correo electrónico, y un teléfono (fijo o celular)

Tómese en cuenta que el trámite es gratuito, personal e intransferible.

Después, para la regularización, el propietario de la unidad tendrá que llevar a cabo la inscripción al Registro Público Vehicular (REPUVE), para lo cual será necesario presentarse físicamente “con el vehículo” en el módulo de inscripción vehicular del REPUVE de la entidad federativa de que se trate, en donde se exhibirá la siguiente documentación:

  • aquel con el que se acredita la propiedad (título de propiedad o factura)
  • imagen impresa del NIV (calca o fotografía)
  • identificación oficial (vigente)
  • comprobante del: domicilio (no mayor a tres meses de alguna de las entidades federativas beneficiadas); y del pago del aprovechamiento $2,500.00, efectuado a través de un formato-línea de captura del SAT (formulario múltiple de pago, https://pccem.mat.sat.gob.mx/PTSC/cet/FmpceContr/faces/resources/pages/pagos/formularioMultiplePago....
  • impreso de la cita del REPUVE, y
  • manifiesto bajo protesta de decir verdad firmado, cuyo prototipo puede consultarse y descargarse en la liga electrónica: MANIFIESTO_DECIR_VERDAD_v2.pdf

MÁS SOBRE:

NO TE PIERDAS: