¿Primera reforma a las RGCE 2023?

El SAT ajustará las reglas relacionadas con el padrón de importadores de productos de la canasta básica

El SAT dio a conocer en su portal la Primera versión anticipada de la Primera Resolución de modificaciones a las RGCE 2023, en la que anuncia ajustes a las reglas relacionadas con el padrón de importadores de productos de la canasta básica, para que sean acordes con el nuevo “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, del 6 de enero de 2023.

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Este nuevo Decreto precisa que las mercancías podrán ingresar a territorio nacional bajo el régimen de importación definitiva por una “Empresa importadora de productos de la canasta básica” registrada en el citado padrón, exentas del pago de arancel de importación.

La citada versión anuncia la reforma a las reglas 1.3.8., 1.3.9., 1.3.10. y 1.3.11. relativas a la inscripción al padrón de importadores de productos de la canasta básica, las causales de suspensión y cancelación, y la reincorporación.

Asimismo, contempla tres nuevas reglas, la:

  • 1.3.12., adición de fracciones arancelarias a la inscripción en el padrón de importadores de productos de la canasta básica
  • 1.3.13., presentación de contratos celebrados por contribuyentes inscritos en el padrón de importadores de productos de la canasta básica, y
  • 3.5.14., pago del aprovechamiento por la importación definitiva de vehículos usados, de conformidad con el “Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera” del 29 de diciembre de 2022 (portal del SAT)

Las reglas 1.3.8., 1.3.9., 1.3.10., 1.3.11., 1.3.12. y 1.3.13. serán aplicables hasta el 31 de diciembre de 2023 y, en el supuesto establecido por el transitorio cuarto del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, del DOF del 6 de enero de 2023, hasta el 30 de abril de 2024.

La resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023.