Reglas de operación de los puertos de Manzanillo y Laguna de Cuyutlán

La SEMAR dio a conocer que tales reglas han quedado autorizadas por la Dirección General de Puertos

Nuestro país cuenta con un número considerable de puertos marítimos a lo largo de sus costas (Golfo de México, Océano Pacífico y Mar Caribe), lo que lo hace geográficamente privilegiado por la conexión comercial con otras naciones.

Y también lo es, que la infraestructura portuaria es fundamental dado el manejo importante de personas, bienes y mercancías que transitan por los puertos mexicanos; por lo que es constante su modernización y mejora para su eficiencia.

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En relación con la infraestructura portuaria, la Secretaría de Marina (SEMAR) difundió en el DOF del 4 de mayo de 2023, un aviso en el que dio a conocer a las autoridades, servidores públicos y público en general, para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, que las Reglas de Operación del Puerto de Manzanillo y Puerto Laguna de Cuyutlán, han quedado autorizadas por la Dirección General de Puertos, y que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

Las Reglas de Operación del Puerto de Manzanillo y Puerto Laguna de Cuyutlán, de la Administración del Sistema Portuario Nacional Manzanillo, S.A. de C.V. pueden consultarse en las ligas de la página institucional; o de la página del DOF).

Las reglas de operación de estos puertos tienen por objeto regular la operación, el funcionamiento, la construcción, el aprovechamiento, la explotación, la administración de las obras y de los servicios portuarios y conexos que se desarrollan en el recinto portuario; e incluso las actividades de los prestadores de servicios portuarios, concesionarios y usuarios, sin perjuicio de las establecidas de manera particular en la Ley de Puertos y su Reglamento.

Dichas reglas incluyen, entre otra información, la correspondiente a: las disposiciones generales; el comité de operaciones; las áreas e instalaciones del puerto; los horarios del puerto; los requisitos a cumplir por los prestadores de servicios portuarios; el almacenamiento de carga; la seguridad e higiene en las operaciones portuarias; el acceso y vialidades del recinto portuario; las zonas de desarrollo portuario; la vigilancia, protección y sanciones.