El 17 de febrero de 2023 se publicó en el DOF el “Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)”, esto en atención al compromiso del artículo 23.6 del “Capítulo Laboral” del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) que obliga a los países miembros a establecer mecanismos para prohibir la importación de mercancías a su territorio procedentes de otras fuentes producidas en su totalidad o en parte por trabajo forzoso.
LEE: MERCANCÍAS DE IMPORTACIÓN PRODUCIDAS CON TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO
Dicho acuerdo secretarial, vigente desde el 18 de mayo de 2023, contiene en su “Anexo Único” un mecanismo para restringir la importación a territorio nacional de mercancías producidas con trabajo forzoso u obligatorio, el cual consiste en un procedimiento –a cargo de la STPS– que facilitará la recepción, el análisis y la respuesta a situaciones en las que se presuma el uso de mano de obra de trabajadores en situación de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio, por parte de empresas ubicadas fuera de territorio del tratado y que las mercancías derivadas de ese trabajo forzoso u obligatorio pretendan ser importadas a nuestro país.
Quienes introduzcan mercancías de procedencia extranjera a territorio nacional no deben pasar por alto el citado procedimiento –en sus diversas etapas– que llevará la STPS para la recepción “vía VUCEM” de las solicitudes de revisión, los criterios que tomará en cuenta para determinar la existencia de trabajo forzoso o trabajo infantil forzoso en la producción de mercancías para importación, y los resultados de dichas investigaciones; toda vez que de concluirse la existencia de trabajo forzoso o infantil en la producción de la mercancía revisada, se restringirá la importación de tales productos a México.
En nuestra revista digital edición 534 del 15 de junio de 2023 podrá consultarse lo relacionado con el procedimiento que lleva a cabo la STPS para investigar las mercancías importadas a México que sean producidas total o parcialmente con mano de obra donde exista trabajo forzoso.