Manual general de organización de la ANAM

Estructura orgánica y funciones de las unidades administrativas que la conforman

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 .  (Foto: iStock)

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), ya cuenta con su Manual de Organización General, el cual contiene la estructura y funciones mediante las que ejerce las facultades que le competen, para la adecuada aplicación de la política fiscal y aduanera.

Este instrumento –expedido conforme al artículo 11, fracción IV del Reglamento Interior de la ANAM (RIANAM)– fue publicado en el DOF del 26 de junio de 2023, vigente desde ese mismo día, y es de suma importancia, toda vez que precisa el contexto general y particular de las funciones de cada unidad administrativa que conforman la ANAM.

Es por ello que se resaltan aquellas unidades administrativas centrales y las funciones, e incluso, las de las aduanas, que impactan directamente en los contribuyentes y diversos prestadores de servicios en materia de comercio exterior y aduanera; pero antes se muestran algunos aspectos generales de la ANAM y cómo está restructurada.

Antecedentes

La ANAM (órgano desconcentrado de la SHCP que sustituyó a la Administración General de Aduanas) fue creada en 2021 y está dotada de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, con carácter de autoridad aduanera y fiscal respecto de los ingresos federales aduaneros, con atribuciones para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.

Además, tiene a su cargo, de manera exclusiva, la dirección, organización y funcionamiento de los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, inclusive la recaudación de los ingresos federales aduaneros, y de aquellas que le sean expresamente instruidas por la persona titular de la SHCP (Decreto por el que se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, DOF del 14 de julio de 2021).

El RIANAM establece las normas y atribuciones de la ANAM y se difundió en el DOF del 21 de diciembre de 2021, cuya reforma se produjo el 24 de mayo de 2022 (Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México).

Estructura de la ANAM

La ANAM está integrada de la siguiente manera:

  • Titular de la ANAM
  • Unidades Administrativas Centrales:
    • Dirección General de Operación Aduanera (DGOA)
    • Dirección General de Investigación Aduanera (DGIA)
    • Dirección General de Atención Aduanera y Asuntos Internacionales (DGAAAI)
    • Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera (DGMEIA)
    • Dirección General Jurídica de Aduanas (DGJA)
    • Dirección General de Recaudación (DGR)
    • Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI)
    • Dirección General de Planeación Aduanera (DGPA)
    • Dirección General de Evaluación (DGE)
    • Dirección General de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros (DGPEDA), y
    • Unidad de Administración y Finanzas (DAF), y
  • Aduanas:
    • Verificadores y técnicos de las aduanas, y 
    • Órgano Interno de Control (OCI)

Funciones

Autoridades
competentes 

Otorgar o cancelar las autorizaciones para: 

  • ingresar personas u objetos a los recintos fiscales

DGOA y aduanas

  • cumplir con la obligación del retorno de exportaciones temporales con la introducción al país de mercancías que no hayan sido las exportadas temporalmente
  • rectificar los datos contenidos en pedimentos
  • Habilitar días y horas inhábiles para el despacho aduanero

DGOA y aduanas

Autorizar los gafetes de identificación de las personas que presten servicios o que deban tener acceso a los recintos fiscales o fiscalizados

DGOA y aduanas

Ordenar y practicar:

  • actos de revisión, reconocimiento, verificación, inspección y vigilancia, para cerciorarse de la observancia de las disposiciones que regulan la entrada y salida del territorio nacional de mercancías y medios de transporte, el despacho aduanero y los hechos y actos que deriven de este o de tal entrada o salida, en el ámbito de su competencia, así como del acatamiento de los requisitos y obligaciones sobre las autorizaciones, concesiones y patentes, referidas en la Ley Aduanera (LA), y
  • actos de revisión, reconocimiento, verificación de mercancía en transporte al interior de la aduana, inspección y vigilancia, para asegurarse del cumplimiento de las disposiciones, requisitos y obligaciones señalados en el punto anterior 

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA y DGJA

Aduanas

Ordenar y realizar la inspección y vigilancia permanente en el manejo, transporte o tenencia de las mercancías en los recintos fiscales o fiscalizados

DGOA, DGIA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Revisar pedimentos, sus anexos y demás documentos, incluso electrónicos o digitales, así como la información contenida en la transmisión electrónica o en el aviso consolidado, a efectos de verificar la adecuada clasificación arancelaria y el cálculo de los ingresos federales aduaneros, de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros

DGOA, DGIA y aduanas

Ordenar y practicar la verificación de aeronaves y embarcaciones en aduanas para comprobar su legal importación o tenencia y estancia en el país

DGOA, aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las aduanas

Verificar la observancia de las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA´s) de las mercancías, inclusive las Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s)

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA, aduanas y los verificadores y técnicos de las mismas

Declarar que las mercancías, vehículos, embarcaciones o aeronaves pasan a propiedad del fisco federal

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Inspeccionar y vigilar los recintos fiscales y fiscalizados y, en este último caso, la observancia de los requisitos y las obligaciones derivadas de la concesión o autorización otorgada para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA, aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las aduanas

Verificar ante el SAT el domicilio declarado por los contribuyentes en el pedimento, la transmisión electrónica o en el aviso consolidado

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA, aduanas, e incluso sus verificadores y técnicos 

Dar a conocer a los contribuyentes, responsables solidarios, productores, importadores, exportadores y demás obligados en materia aduanera, los hechos u omisiones imputables a estos, identificados con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación en el despacho aduanero y hacer constar estos en las actas u oficios que para tal efecto se levanten

DGOA, DGIA, DGAAAI, DGMEIA, DGJA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Ejercer las facultades de las autoridades aduaneras en materia de abandono de las mercancías y declarar, en su caso, que han pasado a propiedad del fisco federal

DGOA, DGIA y aduanas

Respecto a los depósitos en cuenta aduanera y sus rendimientos generados: 

tramitar y resolver las solicitudes de recuperación o reintegro


DGOA, DGR y DGIA

emitir opinión respecto de la procedencia del reintegro

DGJA

En cuanto a las autorizaciones para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero, referidas en el artículo 16, párrafo primero de la LA:

emitir opinión sobre el otorgamiento o cancelación de tales autorizaciones

vigilar el cumplimiento de las obligaciones de las personas autorizadas, y 

dar a conocer a la autoridad competente las irregularidades y los hechos que impliquen la aplicación de sanciones o que puedan constituir causales de cancelación de estas, así como coadyuvar en la integración de los expedientes respectivos

DGOA y DGMEIA

Ordenar y practicar la retención, persecución, embargo precautorio o aseguramiento de las mercancías de comercio exterior, incluidos los vehículos, o de sus medios de transporte, en términos de la LA, inclusive por compromisos internacionales, requerimientos de orden público o cualquier otra RRNA, y

notificar dichos actos, incluso el embargo precautorio o aseguramiento de las mercancías por las que no se acredite su legal introducción, importación, internación, estancia o tenencia en el país; así como ordenar el levantamiento del embargo o aseguramiento y la entrega de las mercancías antes de la conclusión de los procedimientos iniciados, según corresponda, previa calificación y aceptación de la garantía del interés fiscal por parte de la autoridad competente, y poner a disposición de la aduana las mercancías retenidas o embargadas para su control y custodia

DGOA, DGIA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Determinar los ingresos federales aduaneros (impuestos generales de importación (IGI) y de exportación (IGE) y derechos por servicios aduaneros); aplicar las cuotas compensatorias y determinar en cantidad líquida el monto relativo a cargo de contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, y sus accesorios

DGOA, DGIA, aduanas y los verificadores y técnicos de las mismas

Determinar el valor en aduana y el valor comercial de las mercancías

DGOA, DGIA, aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las aduanas

Tramitar y resolver los procedimientos administrativos en materia aduanera (PAMA´s) que deriven del ejercicio de sus facultades de comprobación en el despacho aduanero; sustanciar y resolver el procedimiento relacionado con la determinación en cantidad líquida de los ingresos federales aduaneros omitidos, así como de las sanciones y accesorios de los mismos, en los términos que establezcan las disposiciones aplicables

DGOA, DGIA y aduanas

Entregar a los interesados las mercancías objeto de una infracción aduanera y demás disposiciones aplicables, cuando aquellas no estén sujetas a prohibiciones o restricciones y se garantice el interés fiscal

DGOA, DGIA y aduanas

Evaluar y, en su caso, aceptar las garantías que se otorguen respecto de los ingresos federales aduaneros que se causen con motivo de la entrada o salida del territorio nacional de mercancías y medios de transporte, de acuerdo con los lineamientos que emita el SAT

DGOA, DGIA y aduanas

Mantener consultas con los organismos y asociaciones representativos de los contribuyentes sobre cuestiones relevantes en materia aduanera que requieran ser simplificadas y facilitar el acatamiento de sus obligaciones, inclusive analizar las propuestas formuladas que tengan por objeto dar claridad y sencillez a la aplicación de los PAMA´s

DGOA, DGAAAI y DGJA

Dirigir y operar la sala de servicios aduanales en aeropuertos internacionales, respecto de:

  • la entrada y salida del territorio nacional de mercancías y medios de transporte
  • el despacho aduanero y los hechos y actos que deriven de este o de la entrada o salida, y
  • la vigilancia de la observancia de las obligaciones respectivas, inclusive las establecidas por las disposiciones sobre recaudación, cobro coactivo e imposición de sanciones, en las materias de su competencia

DGOA y aduanas

Tramitar y registrar: 

  • las importaciones o internaciones temporales de vehículos y verificar sus salidas y retornos, y 
  • la toma de muestras de mercancía en depósito ante la aduana

DGOA, aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las aduanas

Vigilar y verificar la observancia de las obligaciones del agente aduanal, mandatario de agente aduanal y dictaminador aduanero, durante el despacho aduanero, así como tramitar, resolver e imponer sanciones en términos de las leyes aplicables por los actos u omisiones cometidos por estos

DGIA y DGJA

Informar a las personas que presten los servicios de recinto fiscalizado, respecto de las cuales se haya declarado el abandono, que no serán objeto de destino, para que puedan proceder a su destrucción

DGIA y aduanas

Ejercer la vigilancia y custodia de los recintos fiscales y de los demás bienes y valores depositados en estos

DGIA y aduanas

Integrar la información estadística sobre las operaciones de comercio exterior de su competencia

DGIA y DGMEIA

Ordenar y practicar el embargo precautorio o aseguramiento de bienes o mercancías, y levantarlo cuando proceda, en los casos en que:

  • haya peligro de que el obligado se ausente
  • se realice la enajenación u ocultamiento de bienes o cualquier maniobra tendiente a evadir el cumplimiento de las obligaciones aduaneras o en cualquier otro caso que señalen las leyes, y se realice la enajenación u ocultamiento de cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores a las cantidades que señalen las disposiciones legales, cuando se omita declararlas a las autoridades aduaneras al entrar o salir del territorio nacional

DGIA, aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las mismas

Aplicar las autorizaciones previas, franquicias, exenciones y subsidios otorgados por las autoridades competentes en materia aduanera constatar los requisitos y límites de las exenciones del IGI e IGE a favor de pasajeros y de menajes, y resolver las solicitudes de abastecimiento de medios de transporte

DGIA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Dar a conocer la información contenida en los pedimentos, en la transmisión electrónica o en el aviso consolidado, relativas a la clasificación arancelaria de las mercancías y los ingresos federales aduaneros

DGIA y DGMEIA

Intervenir en la recuperación en el extranjero de vehículos, aeronaves y embarcaciones nacionales o nacionalizados objeto de robo o de disposición ilícita y, en términos de las leyes del país y los convenios internacionales celebrados

DGAAAI y aduanas

Expedir las constancias y proporcionar la documentación e informes de que disponga, que sean requeridos por las autoridades consulares mexicanas que formulen la solicitud respectiva

DGAAAI y aduanas

Aplicar la legislación aduanera y los convenios internacionales para la devolución de los vehículos, embarcaciones o aeronaves extranjeros materia de robo o de disposición ilícita, mediante revisión física en los recintos fiscales y fiscalizados respectivos

DGAAAI y aduanas

Extraer de conformidad con las disposiciones que expida la UAF, información de las bases de datos de la ANAM y proporcionarla a las autoridades extranjeras y nacionales competentes y a los contribuyentes respecto de las operaciones que hayan efectuado, en los casos y términos que señalen los tratados internacionales en los que México sea parte, leyes y demás ordenamientos aplicables

DGMEIA

Fungir como enlace de los requerimientos de información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), vinculados con quejas o reclamaciones en las que la ANAM o alguna de sus unidades administrativas sean señaladas como responsables

DGJA

Mantener comunicación con las autoridades aduaneras y de comercio exterior, nacionales y de otros países, para obtener y proporcionar la información y documentación en relación con los asuntos internacionales en materia jurídica aduanera y de comercio exterior

DGJA

Formular las denuncias, querellas, declaratorias de que el fisco federal haya sufrido o pudo sufrir perjuicio, por hechos u omisiones que puedan constituir delito de contrabando y denunciar o querellarse en aquellos hechos u omisiones que puedan constituir delitos establecidos en el Código Penal Federal y otros ordenamientos legales, cuando dichas acciones no correspondan a la competencia de otra unidad administrativa de la SHCP o del SAT y, tratándose de hechos u omisiones que puedan constituir delitos en que la ANAM resulte afectada o aquellos de que tenga conocimiento o interés

coadyuvar en los supuestos anteriores con el agente del Ministerio Público de la Federación competente y designar asesores jurídicos en el procedimiento penal, y

requerir, respecto de los hechos en que pudiera querellarse, denunciar, formular declaratoria de que se haya sufrido o se pueda sufrir perjuicio, en asuntos a que se refieren los dos puntos anteriores, a los importadores, exportadores, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, y a cualquier persona vinculada con aquellos, para que exhiban y proporcionen las declaraciones, avisos, datos, otros documentos, instrumentos e informes, con la finalidad de allegarse de las pruebas necesarias para formular cualquiera de los requisitos de procedibilidad del CFF, para actuar penalmente por la probable comisión de los citados delitos, así como de otros delitos previstos en las demás disposiciones legales aplicables.

DGJA

Ordenar el pago al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, ya sea en dinero o en bienes equivalentes del valor de las mercancías embargadas por las autoridades aduaneras o depositadas en los recintos fiscales y bajo la custodia de dichas autoridades, que transferidas o no al mencionado Instituto, no se puedan entregar, por existir imposibilidad para su devolución

DGJA

En cuanto a las patentes de agente aduanal y las autorizaciones de mandatario de agente aduanal y de dictaminador aduanero:

otorgar dichas patentes y autorizaciones; así como tramitar, resolver y notificar
los actos o resoluciones concernientes a los asuntos relacionados con estas; y requerir a tales personas para que cumplan las obligaciones previstas al efecto

DGJA

diseñar, aplicar y evaluar los exámenes de conocimientos y psicotécnicos para obtener las citadas patentes y autorizaciones

emitir la convocatoria para que los agentes aduanales puedan someterse a dichos exámenes y los lineamientos que deberán cumplir las instituciones académicas
o especializadas en evaluación para la aplicación de los referidos exámenes

DGJA

tramitar y resolver la inhabilitación, suspensión, cancelación o extinción de tales patentes, así como la cancelación de esas autorizaciones, y efectuar las notificaciones correspondientes

DGJA

Otorgar:

  • la inscripción en el registro:
  • del despacho de mercancías de las empresas 

DGAAAI

para la toma de muestras de mercancías estériles, radiactivas, peligrosas o para las que se requieran de instalaciones o equipos especiales para su toma, y

  DGJA  

de empresas transportistas de mercancías en tránsito  

DGMEIA

concesión o autorización para prestar servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior y autorizar para que dentro de los recintos fiscalizados las mercancías puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación para su posterior retorno al extranjero o exportación

DGJA

autorizaciones:

  • para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal, en oficinas e instalaciones complementarias de las aduanas y secciones aduaneras para establecimientos duty free y, en su caso, clausurarlos temporal para locales destinados a exposiciones internacionales de
  • mercancías
  • para someter al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal
  • la introducción o extracción de mercancías mediante el empleo de tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas
  • la importación o fabricación de candados oficiales o electrónicos que se
  • utilizarán en los vehículos y contenedores que transporten las mercancías
  • de los despachos
  • la entrada o salida de mercancías al territorio nacional se efectúe por un lugar distinto al autorizado
  • la prestación de los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos; y necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores
  • la exención del IGI e IGE por la entrada al territorio nacional de las mercancías que sean donadas para fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social, que importen organismos públicos y personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en el ISR, así como la maquinaria y equipo obsoleto que se haya importado temporalmente y sus desperdicios, en términos del artículo 61, fracciones IX y XVI de la LA
  • a los almacenes generales de depósito para que presten el servicio de depósito fiscal y para que en sus instalaciones se adhieran los marbetes o precintos

Esta unidad administrativa también podrá prorrogar, modificar, suspender, cancelar o revocar tales autorizaciones o concesiones y, en su caso, ordenar la suspensión de las operaciones correspondientes y su reactivación, así como tramitar y resolver los demás asuntos concernientes a estas (autorizaciones o concesiones otorgadas), incluso verificar el cumplimiento de los requisitos y las obligaciones inherentes a las mismas


DGJA

Habilitar inmuebles para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico (RFE) y emitir la autorización para su administración, así como otorgar autorización para destinar mercancías al régimen de RFE

DGJA

Dictaminar, conforme a los lineamientos y normas científicas aplicables y a los instrumentos metodológicos y técnicos, las características, naturaleza, usos, origen y funciones de las mercancías de comercio exterior; efectuar ensayos en relación con minerales, metales y compuestos metálicos sujetos al pago de contribuciones o aprovechamientos, y practicar el examen pericial de otros productos y materias primas, así como proporcionar servicios de asistencia técnica en materia de muestreo, análisis y de ingeniería a los entes del sector público conforme a los convenios respectivos y a los particulares mediante el pago de derechos 

DGJA y aduanas

Establecer la naturaleza, estado, origen y demás características de las mercancías de comercio exterior, así como sugerir su clasificación arancelaria y solicitar el dictamen que se requiera al agente aduanal, mandatario aduanal, dictaminador aduanero o cualquier otro perito para ejercer estas atribuciones 

DGJA, aduanas y sus verificadores y técnicos 

Asignar números de autorización a los importadores y exportadores que
promuevan el despacho aduanero de mercancías sin la intervención de agente aduanal, además de acreditar a sus representantes legales

iniciar, instruir y resolver la revocación de la autorización otorgada a dichos importadores y exportadores y de la acreditación de sus representantes legales, y

tramitar, resolver y notificar los actos y resoluciones concernientes a los asuntos relacionados en este párrafo

DGJA

Autorizar que el despacho de mercancías por las aduanas nacionales pueda hacerse conjuntamente con las oficinas aduaneras de otros países

DGJA

Normar, tramitar y resolver las solicitudes de aclaración que presenten los contribuyentes relacionados con la presentación de pedimentos y recepción de pagos, también requerimientos derivados de estos, en materia de su competencia

DGR

Resolver las aclaraciones o solicitudes que presenten los contribuyentes para subsanar o desvirtuar las irregularidades detectadas en el ejercicio de sus atribuciones

DGR

Enviar a los contribuyentes comunicados y, en general, realizar en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para promover el pago de los créditos determinados por la ANAM; sin que por ello se considere el inicio de facultades de comprobación; así como calcular y enviar propuestas de pago a los contribuyentes relativos a los ingresos federales aduaneros

DGR

Determinar la responsabilidad solidaria respecto de créditos determinados por la ANAM, incluida la actualización, recargos y accesorios a que haya lugar

DGR

Reducir, en términos de las disposiciones aplicables, multas determinadas e impuestas por la ANAM o las determinadas por los contribuyentes en materia de ingresos federales aduaneros

DGR

Declarar:

  • el abandono de los bienes y de las cantidades a favor del fisco federal en términos del CFF
  • la prescripción de oficio de los créditos determinados por la ANAM

DGR

Otorgar y cancelar las autorizaciones para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados, necesarios para llevar a cabo el despacho aduanero, previa opinión de la DGMEIA

DGTI

Dirigir y administrar el:

Centro de Procesamiento de Datos


DGPEDA

Centro de Formación Aduanera

DGPEDA

Reclutar, seleccionar y formar a personal civil y militar como oficial de comercio exterior, a través del Centro de Formación Aduanera

DGPEDA

Formar y capacitar a personal civil y militar para desempeñarse en puestos estratégicos en las diferentes aduanas del país

DGPEDA

Autorizar que los servicios relativos a las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mercancías, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de su equipaje, así como los demás actos del despacho aduanero, sean prestados por el personal aduanero en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábil, incluso modificar, prorrogar o cancelar esta autorización

Aduanas

Practicar el reconocimiento aduanero de las mercancías de comercio exterior en los recintos fiscales y fiscalizados o llevarlo a cabo a petición del contribuyente, en su domicilio, en las dependencias, bodegas, instalaciones o establecimientos que señale, cuando se satisfagan los requisitos correspondientes, así como conocer y revisar el dictamen aduanero que formulen los dictaminadores aduaneros, y

autorizar, prorrogar, modificar o cancelar el despacho de mercancías de exportación en el domicilio de los interesados

Aduanas y sus verificadores y técnicos 

Retener las mercancías de procedencia extranjera objeto de una resolución de suspensión de libre circulación emitida por la autoridad competente en materia
de propiedad intelectual y ponerlas a disposición de dicha autoridad

Aduanas, e incluso verificadores y técnicos de las mismas

Practicar el reconocimiento aduanero de las mercancías, recibir de los particulares, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados catálogos y demás elementos que le permitan identificar las mercancías, para verificar la observancia de las disposiciones en materia aduanera y llevar a cabo los actos necesarios para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones que regulan la entrada y salida del territorio nacional de mercancías y medios de transporte, el despacho aduanero y los hechos y actos que deriven de este o de tal entrada o salida de bienes

Verificadores y técnicos de las aduanas


Comentario final

Los contribuyentes no deben perder de vista la importancia que tiene cumplir con las obligaciones y formalidades para el despacho de las mercancías de comercio exterior, ni tampoco conocer quiénes son las autoridades aduaneras competentes vinculadas con estas, para llevar a cabo trámites o actos de fiscalización en esta materia.