Bolas de acero “chinas” para molienda sin cuota compensatoria “provisional”

La resolución preliminar sobre la investigación antidumping se publicó oficialmente por la Secretaría de Economía, conozca los detalles

Las bolas de acero para molienda, originarias de China, se seguirán importando sin cuotas compensatorias provisionales; así lo determinó la Secretaría de Economía (SE) en la resolución preliminar de investigación antidumping sobre esas importaciones.

También la SE resolvió que continúa el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sin la imposición de cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de dicho producto que ingresa a territorio nacional por la fracción arancelaria 7326.11.03 o por cualquier otra.

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 .  (Foto: iStock)

Sometimiento de pruebas 

Asimismo, concede un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta resolución en el DOF, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la SE para presentar los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes. 

El plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento, o bien, a las 18:00 horas, si se presenta vía electrónica.

¿En qué resolución se soporta esta determinación?

Todo esto se publicó en la “Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de la investigación antidumping sobre las importaciones de bolas de acero para molienda originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”  publicada en el DOF del 27 de septiembre de 2023, la cual entrará en vigor el mismo 28 de septiembre de este mismo año.

Cuál es el producto investigado

El producto objeto de investigación son las bolas de acero para molienda, utilizadas principalmente en el sector minero, fabricadas por procesos de conformación en caliente, con diámetros de 1 a 3½ pulgadas (bolas chicas y medianas, o S-M) y de 4 a 6.25 pulgadas (bolas grandes, o SAG) de acero al carbono, que contengan o no aleaciones. Las bolas de 1 pulgada equivalen a 25.4 milímetros (mm), y las bolas de 6.25 pulgadas equivalen a 158.75 mm.

Su nombre genérico es el de bolas de acero para molienda o molino, y comercialmente son conocidas como grinding balls, bolas de acero, bolas de acero aleadas, bolas de molino, bolas de acero forjadas o bolas de acero sin calibrar.