Cálculo de cuotas compensatorias

Las cuotas compensatorias son medidas aplicables a las mercancías que se importan bajo prácticas desleales al comercio internacional

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 .  (Foto: IDC online)

Por primera ocasión vamos a importar bienes textiles procedentes y originarios de Corea del Sur, por lo que le pedimos al agente aduanal un estimado de las contribuciones a pagar. Al revisar el documento identificamos un impuesto general de importación (IGI) del 5%, y también cuotas compensatorias de 32%. Aun cuando explicó que el IGI es la tasa general aplicable al producto y se cobra sobre el valor en aduanas de la mercancía, no expresó cómo se generan ni cómo se calculan tales cuotas, ¿podrían aclararlo?

Las cuotas compensatorias son medidas aplicables a las mercancías que se importan bajo prácticas desleales al comercio internacional, esto es, en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones –beneficios o estímulos a la exportación–, y están identificadas en el Anexo 2.5.1. Aviso de cuotas compensatorias de las Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior emitidas por la Secretaría de Economía (artículo 28 de la LCE).

Ejemplo de ello son las importaciones de textiles y zapatos originarios y procedentes de China, las cuales son introducidos a un precio de exportación inferior a su valor normal, lo que fortalece deslealmente su posición competitiva internacional no sólo en México sino en los Estados Unidos de América.

Entonces, la implementación de esas cuotas es contrarrestar los efectos de una práctica desleal, cuyo cobro se efectuará junto con las contribuciones al comercio exterior, mediante la presentación del pedimento y se calculan sobre el valor en aduanas de las mercancías, esto es, sobre el valor de transacción (precio pagado por los bienes) más los gastos incrementables (artículos 63 y 87 de la LCE).