¡Digitalice su entretenimiento!

Consulte las contribuciones y los requisitos no arancelarios a cubrir en la importación de reproductores DVD

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 .  (Foto: IDC online)

Dentro del mundo del entretenimiento la tecnología digital ha mejorado la calidad del audio y video tanto de películas como de música, es por eso que los reproductores DVD (Digital Video Disc) son uno de los productos electrónicos más demandados, no sólo en México, sino en el mundo.

Justamente, debido a la magnitud de su mercado, es importante conocer las contribuciones e impuestos que gravan a estos productos en el momento de ser introducidos al país.

Producto a importar: Reproductores de DVD

Fracción arancelaria: 8521.90.03

Descripción1: Unidades reproductoras de discos de video digitalizado (DVD), sin gabinete, reconocibles como concebidas para su incorporación física en aparatos receptores de televisión.

Unidad de medida: Pieza (Pza)

Bloque comercial   País de origen   Contribuciones   Regulaciones no arancelarias  
IGI   IVA  
América del Norte (TLCAN) EUA Canadá EX EX 11% en franja o región fronteriza y 16% en el resto del país   NOM-144-SEMARNAT-2004, si el embalaje de esta mercancía es de Madera, esto con la finalidad de impedir la introducción de plagas y su diseminación NOM-001-SCFI-1993. Aparatos electrónicos. Aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica. Requisitos de seguridad y métodos de pruebas para la aprobación del tipo NOM-024-SCFI-1998. Información comercial, instructivos y garantía para los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos de fabricación nacional e importados NOM-008-SCFI-2002. Sistema General de Unidades de Medida
Triángulo del Norte   El Salvador Guatemala Honduras EX EX EX
Centro América   Costa Rica Nicaragua EX EX
Grupo de los 3 (G-3)   Colombia   EX  
América del Sur   Chile Uruguay Perú EX EX EX
Unión Europea   Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia, Bulgaria y Rumania   EX  
Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) Islandia Noruega Suiza EX EX EX
Medio Oriente   Israel   EX  
Asiático   Japón   EX  
Países no socios comerciales (tasa general de la LIGIE) 2   EX  

 1  Conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación

2  Con Bolivia dejó de operar el TLC el 7 de junio de 2010

Esta información está actualizada al 23 de abril de 2012, por lo que en caso de pretender importar dicho producto se recomienda acudir con su agente aduanal para solicitarle su correcta clasificación arancelaria, y la información a considerar en la fecha a realizar la operación.