La Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación los nombres de los titulares, y números de Programas para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) suspendidos por la falta de presentación del reporte anual de operaciones de comercio exterior 2012, o por el incumplimiento de ciertos requisitos fiscales, tales como no contar con el Certificado de Firma Electrónica Avanzada; Registro Federal de Contribuyentes (RFC) activo; y no tener los domicilios fiscal y en donde se realizan las operaciones IMMEX inscritos y activos en el RFC (art. 25, fracc. I, tercer párrafo, Decreto IMMEX).
No obstante esa publicación, los titulares del IMMEX tienen hasta el último día hábil de agosto, para entregar extemporáneamente el reporte o corregir su situación fiscal, o de lo contrario serán cancelados.
La omisión del reporte IMMEX conlleva la imposición de una multa, cuyo monto oscila de $2,930.00 a $4,400.00, pero por su exhibición extemporánea se reduce al 50%. La multa no puede autodeterminarse por el contribuyente, y en consecuencia, pagarse, sino que la autoridad en el ámbito de sus facultades de comprobación tendrá que determinarla y señalar la forma en que se cubrirá.