La SE pretende actualizar el “Acuerdo que modifica al diverso mediante el cual se prohíbe la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican”, para ampliar la lista de bienes susceptibles de actividades bélicas, cuya exportación debe prohibirse, entre ellos diversos artículos de lujo; y extender la sanción a las importaciones de los denominados bienes “embargados,” provenientes de la República Popular Democrática de Corea.
Se entiende por bienes embargados, aquellos procedentes de naciones por las cuales se ha tomado la decisión de interrumpir total o parcialmente las relaciones económicas para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacional.
La actualización del Acuerdo se realizará en apego a la resolución del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas “S/RES/2094(2013)” mediante la que se reafirmó las medidas impuestas en la resolución 1718(2006), para impedir el suministro, la venta o la transferencia directa o indirecta de artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología a esa nación.
El anteproyecto de reforma al Acuerdo citado se encuentra en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria para su revisión.