Expiran en 2014 cuotas compensatorias

No obstante, la Secretaría de Economía podría volver a imponerlas si se daña la industria nacional

Reporte provisional de importaciones al amparo del programa IMMEX
 Reporte provisional de importaciones al amparo del programa IMMEX  (Foto: Redacción)

Durante 2014 expirarán las cuotas compensatorias definitivas impuestas a diversos productos por prácticas desleales al comercio internacional, por lo que la Secretaría de Economía (SE) iniciará un proceso de revisión para determinar si con ello se repiten esas actividades que dañan a la industria mexicana.

Para ello, la dependencia dio a conocer los bienes investigados con el propósito de que los productores los identifiquen y -de considerarlo necesario- manifiesten por escrito su interés de que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de su supresión.de hecho, se propondrá un periodo de examen de seis meses a un año, comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota relativa.

El escrito se exhibirá a más tardar 25 días hábiles antes del término de su vigencia, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI).

Los resultados de las revisiones, respecto a si deben o no seguirse aplicándo esas cuotas, dependerán de los argumentos y pruebas que aporten los industriales mexicanos para demostrar que su desaparición sí les afectaría.

Los datos de los productos cuyas cuotas compensatorias están próximas a vencer, son los siguientes:

Producto y fracción arancelaria País de origen Último día de vigencia Límite para recibir el escrito
2014
Atomizadores de plástico (9616.10.01) China 22 de abril 13 de marzo
Envases tubulares flexibles de aluminio (7612.10.01) Venezuela 14 de mayo 3 de abril
Lámina rolada en frío (7209.16.01 y 7209.17.01) Rusia y Kazajstán 30 de junio 26 de mayo
Hexametafosfato de sodio (2835.39.02) China 4 de agosto 30 de junio
Conexiones de acero al carbón (7307.93.01) China 5 de agosto 1o de julio
Clavos de acero para concreto (7317.00.99) China 30 de noviembre 24 de octubre

Los resultados se irán publicando en el DOF mediante resoluciones Antidumping de la SE, por conducto de la UPCI (arts. 70, 70 A y 70 B, Ley de Comercio Exterior y Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias, DOF del 19 de diciembre de 2013).