Persona física ¿requiere padrón para importar autos?

No, si la persona física importa un vehículo al año, para adicionales sí se requiere inscribirse en este registro

Uno de los gerentes de la corporación se encuentra de viaje en Estados Unidos, ahí adquirió dos automóviles usados modelo 2010, originarios de ese país, respecto de los cuales cuenta con la documentación comprobatoria a su nombre.

Estos autos serán utilizados por él y su esposa. ¿Puede introducirlos sin estar inscrito en el Padrón de Importadores?

Como persona física solo puede importar definitivamente un vehículo usado en un periodo de 12 meses, sin requerir su inscripción en el Padrón de Importadores.

Sin embargo, tratándose de unidades adicionales es necesario estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes y en dicho padrón (regla 3.5.1., fracc. II, RCGCE 2013).

La inscripción en el padrón podrá realizarla en Mi portal de la página electrónica del SAT.