IVA devuelto=venta segura de souvenirs

Motive a los extranjeros a vacacionar en México, y de paso que recuperen su dinero gastado en impuestos

Agente de viajes, como experto en servicios turísticos, ayude a sus clientes a planear sin estrés sus vacaciones, y sobre todo a tramitar la devolución del IVA que les sea trasladado en las compras que realicen durante su estancia en nuestro país, se lo agradecerán.

Los requerimientos a cumplir para hacer uso de esta alternativa fiscal se presentan enseguida.

Formalidades generales

El beneficio aplica a quienes acrediten los puntos descritos a continuación.

Ser turistas

Tienen esa calidad aquellos con la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de conformidad con la Ley de Migración (regla I.4.6.2., RMISC 2014).

Ello se confirma con la forma migratoria debidamente sellada por la autoridad competente.

Salida

El medio de transporte de salida por vía aérea o marítima se corrobora con el boleto o ticket de traslado que contenga los datos del paseante, el lugar de origen y destino (regla I.2.7.1.6., segundo párrafo, RMISC 2014).

Compras efectuadas

Se amparan con los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) expedidos por los establecimientos en donde se adquieren las mercancías.

El turista no es un contribuyente nacional, por lo tanto, en ese documento se asienta la clave genérica XEXX010101000 en el campo relativo al RFC del turista, así como sus datos de identificación, tales como su nombre, país de origen y número de pasaporte (reglas I.2.7.1.5. y I.2.7.1.6., RMISC 2014).

Importes mínimos efectuados

Por establecimiento es de $1,200.00 (art. 31, fracc. III, LIVA).

Formas de pago

Puede ser en efectivo si su valor no excede de $3,000.00, o bien, con tarjeta de crédito o débito (regla II.4.4.2., fracc. IV, RMISC 2014).

Bienes a los que aplica

Todos, pero tienen que salir efectivamente (art. 31, fracc. II, LIVA).

Esto implica que en ningún caso se reintegra el IVA cubierto por aquellos consumidos o por los servicios obtenidos en el país.

Reclamación del IVA

Una vez acatadas las formalidades, y ya estando en la aduana aeroportuaria o marítima, según se trate, el interesado se presenta ante la concesionaria autorizada que entrega la Solicitud de devolución del IVA a turistas extranjeros para su llenado.

Posteriormente, acude a uno de los módulos autorizados, ubicados en puertos y aeropuertos, para mostrar los bienes objeto del trámite y se realiza la liquidación.

Reposición del IVA

Si las adquisiciones se llevan a cabo por varios medios de pago electrónico, el reembolso se hará en aquel que se determine en la solicitud (regla II.4.4.3., fracc. I, inciso l, segundo párrafo, RMISC 2014).

La devolución en efectivo es hasta por un máximo del 50% del monto exigible, sin exceder de $10,000.00. El remanente se deposita en las cuentas bancarias indicadas por el turista (regla II.4.4.2., fracc. V).

Comentarios finales

Esta práctica no es exclusiva de México, también se promueve en otras naciones como Canadá, Estados Unidos de América, Ecuador, algunos de la Unión Europea y naciones asiáticas como Taiwán, China y Tailandia.

Cabe aclarar que aun cuando el citado trámite se realiza en las aduanas de salida del territorio nacional en donde están las concesionarias autorizadas, la gestión puede ser tardada, según la hora y cantidad de solicitantes, por ende, se recomienda considerar los tiempos necesarios y evitar contratiempos para abordar el medio de transporte de retorno al extranjero.

Si el destino es exclusivamente el DF, es importante acotar que su Secretaría de Turismo también cuenta con un Programa de devolución del IVA, a través del cual se les reintegra a los turistas internacionales el 65% del IVA trasladado en sus compras realizadas o servicios solicitados en los establecimientos afiliados a “Disfruta Ciudad de México”.

Actualmente son dos las empresas autorizadas como módulos de canje, ubicados en el D.F., Puerto Vallarta, Cabo San Lucas, Cancún y Guadalajara, lugares en donde se podrá presentar el interesado con la factura del gasto erogado, pasaporte y pase de abordar para hacer el reembolso.

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 -  (Foto: Redacción)