En los próximos días se recibirá un embarque de zapatos originarios y procedentes de China, razón por la que solicitamos la inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos, pero la autoridad la rechazó bajo el argumento de que el representante legal de la empresa no presentó su declaración fiscal de 2013.
¿Es procedente? ¿acaso no son los contribuyentes quienes deben observar las exigencias para su obtención?
Es cierto que los importadores están constreñidos a acatar los lineamientos para la inscripción al padrón, entre ellos el estar al corriente de sus obligaciones fiscales, pero tratándose de los bienes del sector del calzado se está solicitando a las personas morales interesadas, entre otros documentos, la opinión positiva de tal cumplimiento de sus representantes legales autorizados, misma que se adjunta a la solicitud electrónica (art. 59, LA, regla 1.3.2. y Anexo 10, apartado A, Sector 10, fracc. IX, RCGCE 2014, e Instructivo del referido trámite, publicado en el DOF el 2 de septiembre de 2014).
Por lo tanto, esa persona deberá presentar la declaración omitida, para después exhibir nuevamente la solicitud.