Importamos ropa china a Baja California Norte, procedente de Estados Unidos. Pensamos comercializarla por Internet con diversos distribuidores.
En el entendido de que la operación será celebrada en línea y el producto se entregará por mensajería a cualquier lugar de México ¿debemos hacer algún trámite ante la aduana para trasladar la mercancía al resto del país?
Por la internación de las mercancías de procedencia extranjera a los estados del país, si estas fueron originalmente importadas a la franja fronteriza, debe gestionarse un pedimento de reexpedición en cualquier aduana, ubicada dentro de esa franja o región.
En este documento se deben determinar y enterar las diferencias que correspondan al IGI y demás contribuciones que se causen (art. 139, LA y regla 3.4.3., RCGCE 2014).
Por eso sería conveniente encomendarle a la empresa de mensajería o paquetería que le prestará los servicios del transporte de las mercancías que efectué ese trámite a nombre de su compañía y le entregue la documentación que lo acredite.