Vehículos y mercancías en tránsito

Vehículos y mercancías en tránsito

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 .  (Foto: IDC online)

ORDEN DE VERIFICACIÓN DE VEHÍCULOS Y MERCANCÍAS EN TRÁNSITO.- CASO EN EL QUE SE DESVIRTÚA LA PRESUNCIÓN DE VALIDEZ.  Si bien es cierto que en jurisprudencia firme No. IV.3o. A.T. J742 el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y del Trabajo del cuarto Circuito cuyo rubro es ?ORDENES DE VERIFICACIÓN SOBRE UN VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA NO ES ILEGAL SI SE ASIENTAN CON BOLÍGRAFO LOS DATOS DEL CONDUCTOS Y GENERALES DEL VEHÍCULO,? ha sostenido que no es ilegal si se asientan con bolígrafo los datos del conductor y generales del vehículo, esto último se desvirtúa cuando la autoridad al contestar la demanda del juicio manifiesta que los verificadores modificaron los datos de dicho documento, pues en tal evento con fundamento en el artículo 234 del Código Fiscal de la Federación y 230 del propio Ordenamiento, debe considerarse una confesión judicial la circunstancia de que el personal verificador llenó los espacios en blanco en la orden de verificación a través de la cual se inician las facultades de comprobación, destruyéndose la presunción de legalidad de la orden aludida, al aceptar el Titular de la respuesta a la demanda, que se llenaron los espacios en blanco, lo que trae implícito que el personal verificador, primero alteró la orden emitida por la autoridad competente y, segundo, decidió unilateralmente a quién dirigirse, sin tener competencia legal para tales efectos, ya que la propia orden sólo autoriza al personal a ejecutarla, no a alterarla dada la entidad de los campos llenados. (34)

PrecedentesJuicio No. 1489/03-04-01-9.- Resuelto por la Sala Regional Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 27 de febrero de 2004, por mayoría de votos.- Magistrado Instructor: Juan Carlos Gómez Velásquez.- Secretario: Lic. Giovanni Estrada Urrutia. FuenteTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Revista no. 49, Tomo II, Quinta Época, Enero 2005, No. de página 607