No desaparecen los precios estimados (valor otorgado por la Secretaría de Hacienday Crédito Público ?SHCP? a aquellas mercancías de origen extranjero que seintroducen a territorio nacional a precios subvaluados y en especialprovenientes de países cuyo precio declarado es menor o por debajo delcomercial ?aplicable para aquellos productos que en el comercio internacionalse les conocen como sensibles?), toda vez que conforme a lo establecido en elDecreto de facilidades, únicamente se exime a los importadores de garantizar elpago de contribuciones en mercancías sujetas a éstos en importaciones definitivascuando se declare en el pedimento un valor inferior al precio estimado (exceptovehículos), así como cuando se efectúe el tránsito interno o internacional demercancías.
Aún existen los precios estimados
No garantizar en cuentas aduaneras no significa importar con valores inferiores ni excluir las facultades comprobación de la autoridad