DTA en transferencias IMMEX certificadas

Si es una empresa certificada uno de los beneficios aduaneros y fiscales es el no pago del Derecho de Trámite Aduanero

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 .  (Foto: IDC online)

Desde principios de año nos fue autorizado un programa IMMEX y estamos realizando, entre otras, transferencias de activo fijo a otras empresas con programa similar. Revisando la documentación de tales operaciones, nos dimos cuenta que en las dos últimas el agente aduanal no pagó el DTA, por lo que le pedimos la rectificación del pedimento, pero señala que al contar con el registro de empresa certificada (otorgado en octubre) estamos exentos del pago de ese derecho, ¿es cierto?

Las IMMEX con registro de empresa certificada son consideradas como confiables, y en consecuencia, tienen una serie de beneficios aduaneros y fiscales, entre ellas, el no pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA) en las operaciones de transferencias de mercancías importadas temporalmente (artículo 49 de la Ley Federal de Derechos y regla 2.8.1., numeral 19 de las RGCCE 2008).

En este tenor, resulta correcto que el agente aduanal no hubiera pagado el DTA por las operaciones de transferencias realizadas a partir de la fecha con que cuenta con el registro, y por ello no habría causa para rectificar tal pedimento.