En la pasada asamblea de accionistas, el agente aduanal que atiende el despacho de las importaciones que realizamos fue admitido como accionista de nuestra compa? bajo esta circunstancia ¿?podr?eguir proporcionando a la compa?sus servicios aduanales?
La legislaci?duanera en vigor no prev?inguna restricci?ara que un agente aduanal pueda prestar sus servicios a una empresa de la que a su vez ?sea socio o accionista, ni entre las causales de suspensi? cancelaci?e una patente de agente aduanal figura que ?e adquiera la calidad de socio o accionista de alguno de sus clientes.
Por lo consiguiente el ahora accionista podr?ontinuar realizando el despacho aduanero de sus importaciones (art?los 164 y 165 de la LA); sin embargo, la empresa debe vigilar los conceptos de vinculaci? partes relacionadas e imparcialidades para evitar futuros problemas.