2006 fue un año importante para la importación definitiva de vehículos usados y regularizar aquéllos que se encontraban en el país de manera ilegal; en 2007 esos autos se están vendiendo en territorio nacional y ante dicha situación sólo cabe alertar a los futuros compradores que antes de hacer la transacción verifiquen que la documentación a recibir no sea falsa, además de hacer las siguientes observaciones.
Los vendedores de los vehículos deben hacer entrega de la factura y del pedimento de importación definitiva con el que se efectuó la operación.
El pedimento es el documento aduanero que acredita el cumplimiento de las formalidades de su legal importación (de acuerdo con las disposiciones aplicables); ante ello, es importante verificar: el régimen aduanero al que se destinaron, lo cual podrá observarse en el primer renglón que está identificado en la clave del pedimento. Asimismo, verificar que el vehículo tenga fijo en el parabrisas el holograma con la leyenda de la operación; y que esté emplacado tal y como se muestra enseguida.
ASPECTOS A REVISAR | IMPORTACIÓN DEFINITIVA DEL VEHÍCULO USADO | ||||||
TEMPORAL | AL RESTO DEL PAÍS | A FRANJA O REGIÓN FRONTERIZA | |||||
Clave de pedimento | No hay, pues se trata de un permiso de importación temporal otorgado, cuya entrada queda registrada en la aduana | A1 (importación definitiva) o exportación | C2 (Importación definitiva de vehículos a la franja fronteriza norte, a los estados de Baja California y Baja California Sur, a la región parcial del estado de Sonora y al municipio fronterizo de Cananea, Estado de Sonora) | ||||
Leyenda del Holograma | Importación temporal | Importación definitiva | Importación definitiva a franja o región fronteriza | ||||
Emplacamiento | No existe, pues está temporalmente en el país | Sí | Sí | ||||
Puede venderse | No, pues deben retornarse dentro del plazo establecido de permanencia | Sí | Sí, siempre que se viva en éstas y la unidad permanezca dentro de las mismas |
Existen autos que fueron importados al amparo de un Decreto de Ley, en 1991, 1992, 1994, 2000 y 2001, por lo que posiblemente sus dueños no cuenten con el pedimento ni holograma, pero sí debe estar emplacado y registrado en el padrón vehicular de la localidad que corresponda, en caso de duda se recomienda acudir a la Dirección de Autotransporte de su entidad, donde se realizan los trámites de obtención de las placas y verifican si el auto tiene o no su documentación en regla.
En el caso del pedimento y para evitar que se trate de alguno falso, puede solicitarse al propietario del vehículo acudir a la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA a solicitar una copia certificada del mismo y sus anexos, y le sea entregado en caso de la compra de la unidad.