Rectificación de pedimentos de vehículos

El pedimento de importación de su auto ¿tiene imprecisiones en los datos declarados?, rectifíquelo antes del 31 de octubre de 2007

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 .  (Foto: IDC online)

Los pedimentos de importación de vehículos en los cuales se hubiera asentado incorrectamente la marca, submarca o modelo del vehículo, o el número de serie ?cuando la discrepancia entre el número de serie correcto y el declarado en el pedimento no exceda de tres caracteres? podrán rectificarse, siempre que las importaciones se hubieran efectuado antes del 11 de septiembre de 2007 al amparo de las disposiciones vigentes en 2006 (reglas 2.6.14., 2.6.23., 2.6.24., 2.10.5., 2.10.7. y 2.10.12. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2006 (RCGCE 2006), y de los artículos Décimo tercero, vigente hasta el 31 de mayo de 2006 y Séptimo de tales reglas), conforme a lo siguiente:

¿TIENE ACTA DE HECHOS DEL ERROR ANTE LA ADUANA?
La rectificación se efectuará ante la aduana donde se levantóel acta  de hechos respectiva, debiendo presentar el edimentode importación definitiva a corregir y copia del acta NOLa rectificación se podrá tramitar ante cualquier aduana, debiéndo presentar  el pedimento de importación definitiva a corregir
No procederá la rectificación respecto del número de serie, cuando de su rectificación resulte un fabricante, ensamblador o país de procedencia, según corresponda, o un año-modelo, distintos a los autorizados al amparo de las disposiciones señaladas

Los datos consignados en el pedimento a rectificar deberán coincidir con el documento que acredite la legal propiedad del vehículo y el número de identificación vehicular asentado en el pedimento de rectificación, con el de la calca o fotografía digital que se anexó al pedimento de importación definitiva.

El trámite podrá realizarse hasta el 31 de octubre de 2007.