Abandono expreso de la mercancía

La mercancía que está en depósito ante la aduana puede abandonarse a favor del fisco, ¿sabe cuándo y cómo hacerlo?

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 .  (Foto: IDC online)

Si tiene mercanc?extranjera en dep?o ante la aduana y sea cual sea la raz?o est?nteresado en importarla ni retornarla (por no ser de su propiedad o no tener los recursos para pagar las contribuciones al comercio exterior y dem?que se generen por dicho concepto; mercanc? por las que se requiera del cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, etc?ra), recuerde que la legislaci?duanera otorga la alternativa de dejarla en abandono a favor del Fisco Federal (art?los 29, fracci? y 32 de la Ley Aduanera).

De tomar esta alternativa, comun?elo por escrito inmediatamente a su agente aduanal, para que sea ?quien presente ante el recinto fiscal la ?Solicitud de abandono expreso?, y con ello la autoridad aduanera se encuentre facultada para tomar las decisiones correspondientes (disponer de las que sean de su utilidad, o dejarlas en el recinto para su venta, donaci? destrucci?