¿Distribuir subtítulos es ilegal?

En Suecia una persona ha sido condenada a una multa y a libertad condicional

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 .  (Foto: iStock)

Hace un par de meses, fue noticia a nivel internacional que en Suecia, la industria del entretenimiento y el gobierno parecían invertir una cantidad considerable de recursos en perseguir y sancionar a los sitios de descarga P2P y demás que comparten contenidos con derechos de autor, todo esto en su intención de erradicar la piratería.

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En esta ocasión, el administrador de un portal de subtítulos fue condenado a libertad condicional y a pagar una multa aproximada de 27 mil dólares. Dicha sentencia podría sentar un precedente no solamente a nivel local sino también en el plano internacional.

  La resolución marca el final de un procedimiento legal iniciado en 2013, cuando Undertexter.se, una página de Internet de subtítulos hechos por fans, fue intervenido por la policía después de que se recibieron quejas por parte de la industria cinematográfica invocando el respeto a derechos de autor.

La condena al administrador por violación de derechos de autor confirma que la distribución no autorizada de subtítulos de películas o series es un delito en Suecia. Eugen Archy, fundador de la empresa, pensaba que ni él ni sus usuarios estaban ofreciendo un servicio que pudiera catalogarse como ilegal, pues para ellos, solamente hacían interpretaciones de los diálogos, que además se ofrecían gratuitamente.

Archy ha librado una posible sentencia de prisión y el pago de la multa saldrá de las ganancias de publicidad y donaciones adquiridas del sitio web. Este mismo año un tribunal en Holanda declaró que la creación de subtítulos por fanáticos es ilegal.

En México, específicamente en el Código Penal Federal se definen los tipos penales de protección a los derechos de autor y en ellos se hace referencia especial a las nuevas tecnologías, las que pueden ser el objeto material de la conducta, el medio para efectuar esta o el fin de la misma, cuyas penas oscilan entre los seis meses y los 10 años de prisión y de 2 mil a 30 mil días multa (arts. 424, 424 bis y 424 ter). 

Han existido diversas iniciativas en el Congreso de la Unión para regular esto pero ninguna ha prosperado hasta el momento.