Si bien la mayoría de las empresas entienden la importancia del registro de sus marcas para generar un derecho de exclusividad sobre estas, no todas comprenden la territorialidad que genera su inscripción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
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El registro marcario se rige por el principio de territorialidad. De acuerdo con este principio, el derecho de exclusividad sobre una marca solo es válido hasta las fronteras del país en donde ha sido registrada.
Esta territorialidad, ha dado lugar a abusos y engaños para los titulares de las marcas, pues existen sujetos que se aprovechan de que una marca únicamente tiene registro a nivel nacional, para obtener este a su nombre en otra nación.
Aunque actualmente no se puede hablar de una marca global, porque no existe alguna protegible a nivel mundial, a fin de asegurar dicha protección en el ámbito internacional, se creó el Protocolo de Madrid.
Este instrumento es uno de los dos tratados que comprende el Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas. Ofrece a los propietarios de una marca la posibilidad de extender su protección en varios países, a través de un proceso administrativo simplificado.
Debido a la adhesión de México al protocolo en 2012, se permite al titular de una marca registrada o en trámite de registro, presentar una solicitud de certificación internacional ante el IMPI, para obtener la protección en alguno de los 92 países que forman parte del tratado.
Según el portal del IMPI, los costos para iniciar el procedimiento de certificación internacional son los siguientes:
Gestión
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Costo
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Por el estudio de certificación de la solicitud internacional cuando México sea oficina de origen; por cada clase
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$ 1,195.21
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Por la transmisión o presentación de solicitudes, peticiones u otros documentos correspondientes a trámites internacionales ante la oficina internacional
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801.24
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