El gobierno de la Ciudad de México publicó diversas modificaciones al Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, entre ellas, las relacionadas con los servicios ofrecidos por aplicaciones de taxis.
Según el decreto las personas que deseen brindar sus servicios como choferes necesitarán contar con una licencia tipo E1; sin embargo, se necesita cumplir con ciertos requisitos para poder obtener este plástico.
Por ejemplo, para solicitarla se necesita acreditar o contar con la licencia tipo A emitida por la Secretaría de Movilidad, con cuando menos tres años de antigüedad.
Asimismo, los aspirantes a esta licencia deberán ser evaluados por organismos académicos, sector privado, dependencias de gobiernos locales y federales, en su caso, aceptados por la Secretaría, según lo precisado en el artículo 128 del decreto.
De igual forma, se precisa que los conductores deberán contar con una constancia de capacitación en primeros auxilios.
Cabe señalar que existen diversos tipos de licencias E, por ello, la dependencia capitalina debe catalogarlas de la siguiente forma:
- E1, para la conducción de vehículos que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer;
- E2, para la conducción de Patrullas;
- E3, para la conducción de Ambulancias;
- E4, para la conducción de Bomberos;
- E5, para la conducción de Transporte Escolar;
- E6, para la conducción de Transporte de Personal;
- E7, para la conducción de Transporte Turístico;
- E8, para la conducción de Transporte de Valores,
- E9, para la conducción de Transporte de Custodia;
- E10, para la conducción de Transporte de Traslado de Internos;
- E11, para la conducción de vehículos tipo escolta;
- E12 para la conducción de los demás, que establezca la Secretaría como Transporte Especializado
Las modificaciones entran en vigor el 25 de abril de 2019, pero la obligación para solicitar la licencia E1 estará vigente a partir del 1 de noviembre de este año.