Reglas para la implementación de la oralidad mercantil
Entrarán oficialmente en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF
Corporativo
La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el DOF del 20 de mayo de 2019 los lineamientos del programa nacional de juicios orales mercantiles, como parte de políticas públicas de mejora regulatoria.
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El programa tiene como objetivo establecer la correcta implementación de la oralidad mercantil, que a partir del 26 de enero de 2020 será obligatoria para todas las contiendas sin limitación de cuantía.
Para este fin, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria emitirá un “certificado JOM” a todos los tribunales superiores del justicia del país que cumplan los estándares mínimos para impartir justicia oral, como los siguientes:
- tengan disponibilidad suficiente de salas y equipo para la celebración de audiencias orales
- posean sistemas tecnológicos de gestión judicial
- promuevan actividades permanentes de capacitación a los servidores públicos en materia de oralidad mercantil, y
- sean eficientes en los tiempos de resolución de asuntos
Para obtener la certificación, los tribunales deberán obtener en la evaluación por lo menos 60 puntos y su vigencia dependerá de la calificación obtenida, como sigue:
Resultado de la evaluación |
Vigencia del certificado JOM |
Menos de 60 puntos |
No se emite |
De 60 hasta 75 puntos |
Un año |
Más de 75 y hasta 90 puntos |
Dos años |
Más de 90 puntos |
Indefinida |
Cabe destacar que la SE también dio a conocer diversos lineamientos de mejora regulatoria para el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), Método Económico y Jurídico de Reforma Administrativa (MEJORA) y el Programa de Simplificación de Cargas Administrativas (SIMPLIFICA), todos ellos como parte de las obligaciones derivadas de la reforma en la materia de mayo de 2018.