Calendario del programa antilavado

Términos para cumplir con el programa de auto regularización

 .  (Foto: iStock)

Jazmín Cruz

El 21 de junio de 2019 entró en vigor el programa para la regularización de obligaciones antilavado por el periodo del 1o. de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.

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De acuerdo con las Disposiciones de carácter general que regulan los programas de auto regularización dadas a conocer en el DOF el 16 de abril de 2019, existen distintos términos para cumplir con todas las etapas del programa.  

Por ello, se presenta la siguiente calendarización:

Regla

Procedimiento

Término

Periodo

Transitorio único

Entrada en vigor del programa

45 días hábiles, siguientes a la publicación en el DOF

Del 17 de abril al 21 de junio de 2019

Cuarta

Presentación de la solicitud de autorización

30 días hábiles, a partir de la vigencia del programa

Del 21 de junio al 15 de agosto de 2019

Cuarta

Plazo máximo para concluir el programa

Seis meses, a partir del día siguiente en que feneció el término de 30 días

Del 16 de agosto del 2019 al 16 de febrero de 2020

Sexta

Solicitud para la condonación de multas

20 días hábiles, a partir del día en que concluyó el plazo del programa

Dependerá de la fecha en que cada sujeto obligado concluya su programa

Cabe resaltar que los términos anteriormente señalados se computaron de conformidad con los días inhábiles indicados por el SAT en la regla 2.1.6 de la RMISC 2019 el 29 de abril de 2019.

 


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