CJF extiende plazo de suspensión de labores
El órgano dio a conocer un nuevo calendario de guardias
Corporativo
A través del acuerdo 7/2020 el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) extendió el plazo de suspensión de labores hasta el 5 de mayo de 2020.
Durante este tiempo habrá guardias habilitadas para la atención de los asuntos urgentes previstos en los artículos 15 de la Ley de Amparo y 481 del Acuerdo General del Pleno del CJF, mismos que se enuncian enseguida:
- ejercicio de la acción penal con detenido
- ejercicio de la acción penal sin detenido por delitos calificados como graves
- diligenciación de exhortos en que deba resolverse sobre la situación jurídica
- solicitudes relacionadas con:
- orden de cateo
- intervención de comunicaciones privadas y
- extradición
- orden de expulsión del país
- orden de arraigo
- demandas de amparo contra actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento judicial, incomunicación, deportación o expulsión, destierro, extradición, desaparición forzada de personas, malos tratos, tortura psicológica, segregación y demás prohibidos por el artículo 22 de la constitución federal; así como, las presentadas por falta de atención médica especializada de las personas privadas de su libertad en un centro de reclusión
- declaración de inexistencia de huelga
- incorporación forzosa al ejército, armada o fuerza aérea nacionales, y
- aquellos que revistan tal carácter, conforme a las leyes que los rijan
En los siguientes enlaces puede consultarse el calendario de guarias del CJF: