Domicilio legal, social y fiscal ¿son iguales?
Definición legal de cada de estos términos afectos a la jerga de los negocios
Corporativo
A menudo suelen confundirse los conceptos de domicilio fiscal, social, y fiscal; sin embargo, es importante distinguirlos porque pueden afectar las operaciones o trámites de los interesados al señalar un lugar distinto al que debe de ser.
Por ese motivo, a continuación, se muestran los conceptos de cada uno de ellos:
Domicilio legal |
Domicilio fiscal |
Domicilio social |
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Persona física:
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Persona física:
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Solo es aplicable para las sociedades. Aunque no existe una definición legal, se entiende como la entidad donde se ubica la organización, misma que se encuentra señalada en los estatutos
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Persona moral:
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El lugar donde se encuentre su administración
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Persona moral:
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Arts. 29 y 33, Código Civil Federal |
Art. 10, Código Fiscal de la Federación
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Tesis: DOMICILIO DE LAS PERSONAS MORALES. NO DEBE CONFUNDIRSE CON LAS OFICINAS SOCIALES, disponible en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Materia Civil, Volumen LXVII, Cuarta Parte, Tesis Aislada, Registro 270575, enero de 1963 |